El Tribunal Regional del Trabajo (TRT) reconoció el derecho de un futbolista profesional a la reparación por daños morales y materiales, como consecuencia de una lesión sufrida durante la vigencia del contrato de trabajo con un club.
El informe pericial elaborado en el proceso confirmó que el atleta presentaba una lesión con nexo de concausalidad respecto de la actividad desempeñada, destacando que los impactos y esfuerzos físicos propios de la profesión contribuyeron al agravamiento de su cuadro clínico.
La pericia también señaló una incapacidad parcial y temporal, advirtiendo que la realización de actividades deportivas podría agravar las lesiones preexistentes. El tribunal destacó que la entidad deportiva empleadora responde de manera objetiva por los riesgos inherentes a la actividad deportiva y que es deber del club someter al atleta a exámenes médicos periódicos y contratar un seguro de vida y de accidentes personales.
La decisión refuerza la comprensión de que el atleta profesional, expuesto a una intensa carga física, merece una protección jurídica efectiva cuando resulta lesionado en el ejercicio de su profesión.
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