La Reorganización Judicial es un mecanismo previsto en la Ley n.º 11.101/2005, creado para asistir a las empresas que enfrentan dificultades económico-financieras. Su objetivo es permitir que la empresa disponga de tiempo y condiciones para reorganizar sus finanzas, renegociar deudas y mantener sus actividades en funcionamiento, evitando la declaración de quiebra.
Se trata de un instrumento que trasciende el interés exclusivo del empresario. La legislación brasileña reconoce que la empresa cumple una función social relevante, siendo responsable de la generación de empleo, la producción de bienes, la prestación de servicios y la dinamización de la economía. La interrupción de sus actividades puede generar impactos negativos significativos no solo para los socios, sino también para los trabajadores, proveedores, acreedores y la colectividad.
Por esta razón, el ordenamiento jurídico brasileño prioriza la preservación de la empresa siempre que sea posible, con fundamento en el principio de la continuidad de la actividad empresarial en momentos de crisis. La Reorganización Judicial busca, así, equilibrar la continuidad de la empresa con la protección de los derechos de los acreedores.
De conformidad con el artículo 1 de la Ley n.º 11.101/2005, pueden solicitar la Reorganización Judicial las sociedades empresariales. Aunque esta sea la regla general establecida por la ley, la jurisprudencia admite excepciones en situaciones específicas, que deben analizarse conforme al caso concreto.
El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud de Reorganización Judicial ante el Poder Judicial, la cual debe estar acompañada de documentos esenciales, entre ellos el plan de reorganización y la relación de acreedores. El plan de reorganización expone las medidas propuestas por la empresa para superar la crisis económico-financiera y debe ser sometido a la aprobación de los acreedores. La relación de acreedores detalla los créditos existentes, siendo posible la inclusión posterior de aquellos que no figuren inicialmente.
Durante la tramitación de la Reorganización Judicial, se aplica el denominado período de suspensión (stay period), que consiste en la paralización de las ejecuciones y acciones de cobro promovidas contra la empresa por un plazo de hasta 180 días. Este período otorga un alivio financiero para que la empresa pueda reorganizarse y negociar con sus acreedores de manera más equilibrada.
Al final del procedimiento, la Reorganización Judicial puede tener dos desenlaces principales. Si la empresa cumple el plan aprobado y logra reestructurarse, se produce el cierre de la Reorganización Judicial. Por otro lado, si se incumple el plan o se demuestra la inviabilidad de la recuperación, podrá declararse la quiebra
RELACIONADO
CONTÁCTENOS
Nuestros especialistas se pondrán en contacto con usted, listos para ofrecer soluciones personalizadas y atender sus necesidades jurídicas.
ÚNETE A LA FFA
Idioma