No obstante, el Derecho Digital va más allá de la Ley n.º 13.709/2018 e involucra la responsabilidad civil, los contratos tecnológicos, la protección de activos digitales y la seguridad de la información.
Las empresas deben estructurar correctamente las bases legales para el tratamiento de datos, mapear los flujos internos, establecer políticas de privacidad, implementar procedimientos de atención a los derechos de los titulares y asegurar la actuación efectiva del delegado de protección de datos (DPO), bajo el riesgo de sanciones administrativas y judiciales.
Los activos digitales, como bases de datos, softwares, dominios, algoritmos, sistemas y canales corporativos, poseen una naturaleza jurídica relevante y deben ser protegidos mediante contratos, registros de propiedad intelectual y cláusulas específicas de titularidad y confidencialidad.
El uso de la inteligencia artificial impone deberes de transparencia, gobernanza y supervisión humana, especialmente en decisiones automatizadas que impactan derechos —como procesos de selección, crédito y análisis de comportamiento—, lo que incrementa el riesgo de responsabilidad para la empresa.
Más que cumplimiento normativo, el Derecho Digital es un instrumento estratégico: fortalece la reputación institucional, reduce pasivos regulatorios y prepara a la empresa para un entorno cada vez más regulado, tecnológico y jurídicamente exigente.
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